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Article 20

Determinación De La Existencia De Daño Grave

Decreto 152 de 1998 · por el cual se establecen los procedimientos y criterios para la adopción de medidas de salvaguardia general, salvaguardia de transición para productos comprendidos en el acuerdo sobre textiles y el vestido y, salvaguardia especial para productos agropecuarios.

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01

Text of the article

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Determinación de la existencia de daño grave. Para determinar si las importaciones de un producto han aumentado en tal cantidad o condiciones que han causado daño grave a una rama de la producción nacional, el Incomex evaluará todos los factores de carácter objetivo y cuantificable que tengan relación con la situación de esa rama de producción, en particular

a)

Comportamiento de las importaciones: El Incomex analizará el ritmo y cuantía del aumento de las importaciones tanto en términos absolutos como en relación con la producción nacional y el Consumo Nacional Aparente, CNA. Así mismo, tendrá en cuenta el precio de las importaciones, las condiciones en que se realizaron, y la parte del mercado interno absorbida por éstas;

b)

Comportamiento de la producción: El Incomex analizará la evolución de los indicadores que se mencionan a continuación y el comportamiento que razonablemente se habría podido esperar de cada uno, de acuerdo con el comportamiento de la economía. – Comportamiento de los volúmenes de producción en términos absolutos y en relación con las ventas y el consumo nacional. – Comportamiento de las ventas en el mercado nacional (volumen y precio) y de los ingresos netos por ventas y relaciones entre los dos. – Comportamiento de la utilización de la capacidad instalada. – Comportamiento de la productividad. – Estado de resultados. – Empleo;

c)

Comportamiento de los precios y efectos ocasionados por las importaciones: El Incomex analizará la evolución de los precios de venta en el mercado nacional del producto, así como el comportamiento que razonablemente se hubiera podido esperar de acuerdo con las fluctuaciones de la tasa de cambio y el comportamiento del índice de precios en la economía, para determinar si las importaciones han causado una baja de precios o han impedido alzas que se producirían en circunstancias diferentes;

d)

El comportamiento de los volúmenes de los inventarios, en términos absolutos y en relación con las ventas y la producción nacional;

e)

Los estados financieros, tanto de la empresa productora como de la línea de producción del producto investigado. Cuando no sea posible contar con información sobre la línea, el efecto deberá medirse sobre la producción del grupo o gama más restringido de productos que incluya el producto similar o directamente competidor nacional; h) La mano de obra directa o indirecta utilizada en la línea de producción o en el grupo o gama más restringido, cuantificada en número de operarios y montos salariales.

Parágrafo

La ausencia de tendencias negativas o la presencia de tendencias positivas en alguno o varios de los factores de que trata esta disposición no constituye un criterio decisivo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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