ARTICULO 17. Modifícase el artículo 110 de la Ley 633 de 2000, el cual quedará así: FINDETER transferirá anualmente a la Nación el producto del recaudo de la deuda de municipios y empresas de servicios públicos con INSFOPAL, realizados según la Ley 57 de 1989, recursos que se destinarán en su totalidad, a la financiación del Programa de Modernización Empresarial para el sector de agua potable y saneamiento básico que ejecuta el Ministerio de Desarrollo Económico, y a la estructuración de los proyectos de modernización empresarial, incluyendo el pago de los pasivos que aseguren la viabilidad integral delos mismos.
Article 17
Modifícase El Artículo 110 De La Ley 633 De 2000, El Cual Quedará Así: Findeter Transferirá Anualmente A La Nación El Producto Del Recaudo De La Deuda De Municipios Y Empresas De Servicios Públicos Con Insfopal, Realizados Según La Ley 57 De 1989, Recursos Que Se Destinarán En Su Totalidad, A La Financiación Del Programa De Modernización Empresarial Para El Sector De Agua Potable Y Saneamiento Básico Que Ejecuta El Ministerio De Desarrollo Económico, Y A La Estructuración De Los Proyectos De Modernización Empresarial, Incluyendo El Pago De Los Pasivos Que Aseguren La Viabilidad Integral Delos Mismos
Decreto 2599 de 2001 · por el cual se liquida la Ley 710 de 2001 que decreta unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación del año 2001.
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