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Article 16

Decreto 2762 de 1980 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto extraordinario número 2277 de 1979 y se establece el Sistema Nacional de Capacitación del Magisterio

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01

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Artículo decimosexto. Los cursos del programa de actualización que tengan validez para ascenso en el escalafón serán programados en función del proceso educativo del alumno con el fin de contribuir al logro de los fines del sistema educativo establecidos en el Decreto 1419 de 1978. Estos cursos se distribuirán en los siguientes programas: Programa

1.

Para los docentes en servicio que se desempeñen en los niveles de pre-escolar y básica primaria y para los docentes de educación especial. Programa

2.

Para los docentes en servicio que se desempeñen en los niveles de básica secundaria o media vocacional. Programa

3.

Para los docentes en servicio que desempeñen funciones de dirección, supervisión, investigación, programación o capacitación en los niveles de pre-escolar, básica primaria, básica secundaria y media vocacional. Programa

4.

Para los docentes en servicio que realizan actividades de alfabetización de adultos y demás actividades de educación no formal autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional. Programa

5.

Para los docentes en servicio en las comunidades indígenas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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