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Article 17

Decreto 2170 de 1992 · por el cual se suprime el Fondo Nacional de Bienestar Social

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01

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De los Empleados Públicos en Periodo de Prueba. Para los mismos efectos señalados en el artículo anterior, los empleados públicos en período de prueba en la carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en el fondo, tendrán derecho a la siguiente indemnización:

1.

1. Cuarenta (40) días de salario cuando el empleado tuviere un tiempo de servicio continuo no mayor de un (1) año;

2.

2. Si el empleado tuviere más de un (1) año de servicio continuo y menos de cinco (5) se le pagarán diez (10) días adicionales de salario sobre los cuarenta (40) días básicos del numeral 1) por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.

3.

3. Si el empleado tuviere cinco (5) años o más de servicio continuo y menos de diez (10) se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los cuarenta (40) básicos del numeral 1) por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción, y

4.

4. Si el empleado tuviere diez (10) o más años de servicio continuo se le pagarán treinta y cinco (35) días adicionales de salario sobre los cuarenta (40) días básicos del numeral 1) por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.

JURISPRUDENCIA

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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