Requisitos de la solicitud de pago con recursos de deuda. El Ministerio de Minas y Energía deberá enviar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes soportes documentales para que éste pueda proceder al pago de que trata el presente decreto: 3.1. Solicitud suscrita por el Ministro de Minas y Energía o su delegado, en la cual conste el monto de los subsidios para la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica causados en la vigencia 2020, pendiente de pago una vez se hayan agotado las apropiaciones presupuestales disponibles, discriminando por el valor a pagar por período y el destinatario del pago. 3.2. Copia de la(s) Resolución(es) de las que trata el artículo 2 del presente decreto. 3.3. Certificación que la(s) Resolución(es) de las que trata el artículo 2 del presente decreto se encuentran en firme. 3.4. Certificación bancaria del (de los) destinatario(s) final(es) que recibirá(n) el giro.
Decreto 1693 de 2020 →In force
Article 3
Requisitos De La Solicitud De Pago Con Recursos De Deuda
Decreto 1693 de 2020 · Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 90 de la Ley 2008 de 2019, para el pago de los subsidios para la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica causados durante la vigencia 2020.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.