JurídicoESEN

Article 4

º

Decreto 145 de 1995 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 141 de 1994.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Los explotadores de minerales deberán pagar en dinero el valor de la regalía obtenido en su liquidación, en la misma fecha en que se presente la declaración, a la cual se acompañará el correspondiente recibo de pago. El pago de las regalías se efectuará en las dependencias oficiales o entidades bancarias que señalen las entidades recaudadoras, debiendo éstas constituir para el efecto cuentas bancarias de recaudo nacional. Exceptúanse del recaudo de regalías en dinero, los casos contemplados en los contratos vigentes sobre recaudo en especie.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 145 de 1995