° La persona o personas que reclamen el pago de esta asignación, deberán presentar al respectivo Departamento de Personal, las partidas de origen civil o eclesiástico que acrediten su vínculo familiar con el causante, cuando esas partidas no reposen en su hoja de vida, y dos declaraciones rendidas extra-juicio ante autoridad competente con las cuales se compruebe que el causante atendía económicamente a su sostenimiento.
Article 3
La Persona O Personas Que Reclamen El Pago De Esta Asignación, Deberán Presentar Al Respectivo Departamento De Personal, Las Partidas De Origen Civil O Eclesiástico Que Acrediten Su Vínculo Familiar Con El Causante, Cuando Esas Partidas No Reposen En Su Hoja De Vida, Y Dos Declaraciones Rendidas Extra-Juicio Ante Autoridad Competente Con Las Cuales Se Compruebe Que El Causante Atendía Económicamente A Su Sostenimiento
Decreto 1311 de 1948 · Por el cual se reglamenta el artículo 17 de la Ley 82 de 1947
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.