JurídicoESEN

Article 3

La Comisión Para El Desarrollo De La Reforma Judicial Cumplirá Las Siguientes Funciones: A) Elaborar Un Plan Cuatrienal En El Cual Se Definan Los Lineamientos Y Objetivos De La Reforma Judicial Durante El Período 1990-1993; B) Hacer La Programación Correspondiente A Cada Uno De Los Años 1990, 1991, 1992 Y 1993 Y, Con La Determinación De Los Costos, Número Y Clase De Cargos Por Proveer, Inversiones En Planta Física Y Dotación, Organización De Los Despachos Y Demás Aspectos Comprendidos En La Reforma Judicial; C) Obtener En Dependencias Del Gobierno Nacional La Asesoría Técnica Y La Información Estadística Que Requiera Para El Correcto Ejercicio De Sus Actividades, Y D) Dictar Su Reglamento Interno

Decreto 2290 de 1989 · por el cual se crea la Comisión para el Desarrollo de la Reforma Judicial.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

ARTICULO 3º. La Comisión para el Desarrollo de la Reforma Judicial cumplirá las siguientes funciones

a)

Elaborar un plan cuatrienal en el cual se definan los lineamientos y objetivos de la reforma judicial durante el período 1990-1993;

b)

Hacer la programación correspondiente a cada uno de los años 1990, 1991, 1992 y 1993 y, con la determinación de los costos, número y clase de cargos por proveer, inversiones en planta física y dotación, organización de los despachos y demás aspectos comprendidos en la reforma judicial;

c)

Obtener en dependencias del Gobierno Nacional la asesoría técnica y la información estadística que requiera para el correcto ejercicio de sus actividades, y

d)

Dictar su reglamento interno.

Parágrafo

El personal que la Comisión considere indispensable para el adecuado cumplimiento de sus labores, podrá ser contratado por las dependencias correspondientes a quienes integran la misma Comisión.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2290 de 1989