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Article 1

Decreto 457 de 1995 · Por el cual se fijan las tarifas relativas al registro de proponentes.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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° . Tarifas del Registro de Proponentes : Fíjanse las tarifas que deben sufragarse en favor de las Cámaras de Comercio, por concepto del registro de proponentes, de la siguiente manera

1.

Inscripción y renovación, por cada proponente: ochenta y ocho mil doscientos sesenta pesos moneda corriente ($88.260.00);

2.

Actualización o modificación de la inscripción, con prescindencia de los datos que se incorporen o modifiquen: cuarenta y cuatro mil ciento treinta pesos moneda corriente ($44.130.00);

3.

Formulario necesario para realizar la inscripción, renovación, actualización o modificación: mil ciento ochenta pesos moneda corriente ($1.180.00);

4.

Certificados que expidan las Cámaras de Comercio, en desarrollo de la función del registro de proponentes, independientemente del número de hojas requeridas y la cantidad de datos sobre los cuales se de constancia: cinco mil novecientos pesos moneda corriente ($5.900.00);

5.

Boletín contentivo de la información relativa a las licitaciones o concursos a que se refiere el artículo 22.7 de la Ley 80 de 1993: nueve mil doscientos pesos moneda corriente ($9.200.00);

6.

Impugnación de la clasificación o calificación, entendiéndose que las distintas razones de inconformidad de una persona respecto del mismo proponente conforman una sola impugnación: quinientos noventa mil pesos moneda corriente ($590.000.00);

7.

Expedición de copias con sello de correspondencia con el original que repose en la Cámara de Comercio: trescientos cincuenta pesos moneda corriente ($350.00).

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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