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Article 1

Tan Pronto Como Entre En Vigencia La Ley 123 De 1931, O Sea El 25 De Enero Del Año Entrante, El Juez Tercero Del Circuito De Garzón Procederá A Hacer Entrega A Los Dos Jueces Restantes De Dicho Circuito De Todos Los Asuntos De Que Conocía Y Que Fueren De La Jurisdicción Del Mentado Circuito De Garzón

Decreto 2248 de 1931 · Por el cual se reglamenta la Ley 123 del presente año

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01

Text of the article

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°. Tan pronto como entre en vigencia la Ley 123 de 1931, o sea el 25 de enero del año entrante, el Juez tercero del Circuito de Garzón procederá a hacer entrega a los dos Jueces restantes de dicho Circuito de todos los asuntos de que conocía y que fueren de la jurisdicción del mentado Circuito de Garzón. Asimismo deberá recibir de los Jueces 1° y 2° de dicho Circuito las negocios que fueren de su incumbencia y jurisdicción que le deban ser entregados y con los que tenía en su Despacho y que pertenezcan al nuevo Circuito de Pitalito, se trasladará a dicha población con el objeto de instalar el Juzgado.

02

Constitutional history

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