º. La Carrera Administrativa comprende a los empleados nacionales, departamentales, municipales, de las Intendencias y Comisarías, nombrados en propiedad y que presten servicios administrativos permanentes, con las excepciones que se señalan en el artículo siguiente:
Los empleados nombrados en interinidad no están comprendidos por la Carrera Administrativa, aunque presten servicios de carácter permanente.