°. Modificar . Modifíquese el artículo 5° del Decreto 1856 de 2009, el cual quedará así: “Artículo 5°. Otorgamiento . La Medalla Cruz de Honor “Promoción Bodas de Oro Escuelas de Formación Fuerzas Militares”, será conferida por una sola vez al personal de Oficiales y Suboficiales retirados que cumplan al menos cincuenta años de haber egresado de las Escuelas de Formación de las Fuerzas Militares, por el Comandante General de las Fuerzas Militares, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 3° de este Decreto, que a consideración del Consejo de la Medalla se hagan merecedores de esta distinción. La presea o joya será entregada de acuerdo con la disponibilidad presupuestal que señale la autoridad competente en cada fuerza y en concordancia con lo dispuesto en la Ley 2159 de 2021 y las políticas de austeridad del gasto que emita el Gobierno Nacional.
Decreto 1525 de 2022 →In force
Article 4
Modificar
Decreto 1525 de 2022 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1856 de 2009 “por el cual se crea la Medalla Cruz de Honor Promoción Bodas de Oro Escuelas de Formación Fuerzas Militares”.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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