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Article 2.2.4.2.8

Reporte De Información Al Ministerio De Tic Por Parte De La Unidad Administrativa Especial De Aeronáutica Civil

Decreto 1078 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

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Text of the article

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Reporte de información al Ministerio de TIC por parte de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil. La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC) deberá realizar el registro internacional a través de la OACI y presentar anualmente al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la información relativa a este registro y a las características de las estaciones que operen en el servicio móvil aeronáutico (R) y en el de radionavegación aeronáutica para que a su vez el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones las registre nacionalmente.

Parágrafo

La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC) se encargará de la coordinación de las frecuencias para uso de las radioayudas para el servicio móvil y de radionavegación aeronáutica ante la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI); una vez protocolizado se informará al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

(Decreto 1029 de 1998, artículo 9°)

02

Constitutional history

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