º Control a los Porcentajes del Integración Nacional. El seguimiento de los Porcentajes de Integración Nacional (PIN), lo efectuarán entidades privadas especializadas en auditaje y control, contratadas directamente por las empresas ensambladoras y los motopartistas de acuerdo con la resolución que expida el Ministerio de Desarrollo Económico cuando lo considere conveniente. Las empresas ensambladoras enviarán semestralmente al Ministerio de Desarrollo Económico un reporte del Porcentaje de Integración Nacional alcanzado en el período, junto con sus cifras básicas de cálculo.
Decreto 1118 de 1994 →In force
Article 7
º Control A Los Porcentajes Del Integración Nacional
Decreto 1118 de 1994 · por el cual se dictan normas en materia de incorporación de material de producción nacional en el ensamble de motocicletas
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
amended (verif_articulado: el artículo 7° del decreto 1118 de 1994, el cual quedará así) by decreto 432/04 amended by decreto 432/04
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.