Para la aprobación del reajuste de las tarifas de matrículas y pensiones los establecimientos educativos no oficiales están en la obligación de acogerse a una de las siguientes contraprestaciones
Becas: en un porcentaje determinado por el Ministerio de Educación Nacional.
Jornada Adicional: según las normas vigentes. CAPITULO III De la administración de las alternativas.