ARTICULO 94 . DE LA DIVISION DE INSTALACION Y MANTENIMIENTO.- Son funciones de la División de Instalación y Mantenimiento: 1.Atender el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura aeronáutica de responsabilidad de la Entidad. 2. Preparar las especificaciones técnicas para las licitaciones, concursos y otros que deba realizar la Unidad, con miras a la conformación y mantenimiento de la infraestructura aeronáutica de su responsabilidad, y efectuar el análisis técnico de las propuestas a que hubiere lugar. 3. Preparar los programas de mantenimiento preventivo de la infraestructura aeronáutica a cargo de la Entidad, someterlos a la aprobación del Subdirector, y ejecutarlos. 4. Verificar el estado de aplicación de las regulaciones para las pistas, instalaciones y sistemas de ayudas a la navegación, de conformidad con las normas internas e internacionales aplicables. 5. Verificar el funcionamiento de la infraestructura destinada a la navegación aérea y recomendar las medidas necesarias para su mejor utilización. 6. Colaborar con la Subdirección Administrativa y Financiera en todo lo relacionado con el registro de contratistas de obras públicas. 7. Programar y ejecutar los vuelos de comprobación de procedimientos, administrativos y de servicio que sean requeridos.
Decreto 2171 de 1992 →In force
Article 94
Decreto 2171 de 1992 · Por el cual se reestructura el Ministerio de Obras Publicas y Transporte como Ministerio de Transporte y se suprimen, fusionan y reestructuran entidades de la rama ejecutiva del orden nacional
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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