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Article 5

Comité Técnico De Información Para La Gestión Financiera Pública

Decreto 224 de 2021 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Información para la Gestión Financiera Pública.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Comité Técnico de Información para la Gestión Financiera Pública . La Comisión Intersectorial de Información para la Gestión Financiera Pública contará con un Comité Técnico para el cumplimiento de sus funciones, integrado por

1.

El Director General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá y ejercerá la secretaría técnica del Comité.

2.

El Director General de Política Macroeconómica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público o su delegado.

3.

El Subcontador de Consolidación de la Información de la Contaduría General de la Nación o su delegado.

4.

El Director de Síntesis y Cuentas Nacionales del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) o su delegado.

5.

El Director de Inversiones y Finanzas Públicas del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.

Parágrafo 1

El Comité Técnico expedirá su propio reglamento, en el que establecerá, entre otros aspectos, lo relacionado con la periodicidad de las reuniones y el quórum requerido para deliberar y tomar decisiones.

Parágrafo 2

El Comité Técnico podrá invitar, cuando su presencia sea requerida en función de los temas a tratar, a servidores públicos, autoridades nacionales y regionales, representantes de organismos y agremiaciones del sector privado nacional e internacional, y expertos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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