° Los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares en servicio activo, casados o viudos con hijos legítimos, tendrán derecho al "Subsidio Familiar" que se liquidará mensualmente sobre el sueldo básico, así: Por su estado civil (casado o viudo), el treinta por ciento (30%). Por el primer hijo, el cinco por ciento (5%) y por cada uno de los demás, el cuatro por ciento (4%).
Para tener derecho al subsidio de que trata este artículo, es requisito indispensable que el interesado compruebe que sostiene su hogar, o que sus hijos le dependen económicamente.