JurídicoESEN

Article 1

El Artículo 4° Del Decreto Número 180 De Febrero 10 De 1971, Quedará Así: Artículo 4° Las Personas Mayores De Veinticinco (25) Años Podrán Validar En Un Solo Examen General Todo El Bachillerato

Decreto 253 de 1972 · Por el cual se adiciona el artículo 4° del decreto número 180 de 10 de febrero de 1971 y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° El artículo 4° del Decreto número 180 de febrero 10 de 1971, quedará así: Artículo 4° Las personas mayores de veinticinco (25) años podrán validar en un solo examen general todo el bachillerato. En forma similar los que cumplieren dicho requisito de edad y que además hayan ejercido la docencia por un periodo no menor de cinco (5) años, podrán validar el ciclo profesional normalista.

Parágrafo 1

El Instituto Colombiano de Pedagogía (ICOLPE) preparará el contenido de dichos exámenes.

Parágrafo 2

El Ministerio de Educación Nacional reglamentará la presentación de los exámenes de que trata el presente artículo, los cuales se realizarán a través de Servicio Nacional de Pruebas del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES); la estructura y contenido de los mismos serán preparados conjuntamente por los dos Institutos antes mencionados y los diplomas a que den lugar serán expedidos y registrados por el Ministerio de Educación Nacional, por intermedio de su Oficina Jurídica ,previa la satisfacción de los requisitos legales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 253 de 1972