° Derógase el Decreto número 967 de 19 de octubre de 1912, y restablécese, en consecuencia, el artículo 64 del Decreto número 153 de 1897, que dice: "Los Jefes, Oficiales e individuos de tropa a quienes se les siga causa gozarán, desde que se dicte auto de proceder, y durante el juicio, de la tercera parte de su sueldo los primeros, y de la ración diaria los últimos. En Caso de que el fallo fuere absolutorio, tendrán derecho a que se les abone la diferencia descontada."
Article 1
Derógase El Decreto Número 967 De 19 De Octubre De 1912, Y Restablécese, En Consecuencia, El Artículo 64 Del Decreto Número 153 De 1897, Que Dice: "los Jefes, Oficiales E Individuos De Tropa A Quienes Se Les Siga Causa Gozarán, Desde Que Se Dicte Auto De Proceder, Y Durante El Juicio, De La Tercera Parte De Su Sueldo Los Primeros, Y De La Ración Diaria Los Últimos
Decreto 664 de 1915 · Por el cual se deroga el marcado con el número 967 de 1912, y se establece una disposición del 153 de 1897
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