º. Negociaciones extrajudiciales con inversionistas. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Agencia de Defensa Jurídica del Estado participarán de conformidad con los lineamientos de la Instancia de Alto Nivel de Gobierno y de manera conjunta con la entidad u organismo público involucrado, como facilitadores de los acuerdos amistosos tendientes a solucionar extrajudicialmente controversias internacionales de inversión. Sin perjuicio del apoyo de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo actuará como único portavoz frente al inversionista parte en la controversia.
Decreto 1859 de 2012 →In force
Article 8
Negociaciones Extrajudiciales Con Inversionistas
Decreto 1859 de 2012 · por el cual se reglamenta la atención de controversias internacionales de inversión y se dictan otras disposiciones
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.