Operaciones del manejo de la deuda externa de entidades descentralizadas de orden nacional y de entidades territoriales y sus descentralizadas. La celebración de operaciones para el manejo de la deuda externa de entidades descentralizadas del orden nacional y de entidades territoriales y sus descentralizadas, requerirá autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse siempre y cuando se demuestre la conveniencia y justificación financiera de la operación y sus efectos sobre el perfil de la deuda, mediante documento justificativo de la operación, elaborado por la entidad estatal con base en las instrucciones de carácter general que imparta el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Decreto 2681 de 1993 →In force
Article 27
Operaciones Del Manejo De La Deuda Externa De Entidades Descentralizadas De Orden Nacional Y De Entidades Territoriales Y Sus Descentralizadas
Decreto 2681 de 1993 · por el cual se reglamentan parcialmente las operaciones de crédito público, las de manejo de la deuda pública, sus asimiladas y conexas y la contratación directa de las mismas.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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