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Article 16

Ley 52 de 1990 · por la cual se establece la estructura orgánica Marco del Ministerio de Gobierno; se determinan las funciones de sus dependencias, se dictan otras disposiciones y se conceden unas facultades extraordinarias.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son funciones de la Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad las siguientes:

a)

Colaborar en la formulación de la política gubernamental de apoyo, estímulo, fomento y promoción de formas de participación de la sociedad civil;

b)

Velar por la debida protección de las minorías raciales, étnicas y promover una cultura de promoción y apoyo a las mismas;

c)

Formular y promover programas de desarrollo de la comunidad, e intervenir en los mismos;

d)

Coordinar y supervisar los programas de desarrollo de la comunidad que realicen otras dependencias nacionales;

e)

Dirigir y coordinar conjuntamente con el Departamento Nacional de Planeación la asistencia técnica y económica que se preste a entidades públicas que ejecuten programas de desarrollo de la comunidad en los ámbitos nacional, departamental o municipal;

f)

Velar porque las organizaciones de acción comunal cumplan sus objetivos y ejercer por delegación del Ministro la atribución de que trata la letra i) del artículo 3o. de la presente Ley.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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