° El Consejo Nacional de Fotografía y Camarografía, mediante resolución motivada, ordenará o denegará la matrícula y expedición de la tarjeta profesional.
La resolución que expida el Consejo Nacional de Fotografía y Camarografía, se notificará al interesado según lo establecido en el Capítulo X, Título I del Libro Primero del Código Contencioso Administrativo y normas que lo modifiquen o adicionen.