La autoridad competente podrá autorizar hasta por el término de (60) días hábiles a los propietarios de los vehículos vinculados a la empresa cuya habilitación haya sido cancelada, para seguir prestando el servicio público de transporte en las rutas autorizadas y servidas por la empresa.
Article 65
La Autoridad Competente Podrá Autorizar Hasta Por El Término De (60) Días Hábiles A Los Propietarios De Los Vehículos Vinculados A La Empresa Cuya Habilitación Haya Sido Cancelada, Para Seguir Prestando El Servicio Público De Transporte En Las Rutas Autorizadas Y Servidas Por La Empresa
Decreto 1558 de 1998 · por el cual se reglamenta el servicio público de transporte terrestre colectivo metropolitano, distrital y/o municipal de pasajeros.
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Constitutional history
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