º El artículo 12 del Decreto 0515 de 1986, quedará así: "El Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte - Coldeportes - previo concepto del Ministerio de Relaciones Exteriores sobre la correspondiente viabilidad diplomática, concederá autorización para organizar competiciones o eventos deportivos internacionales con sede en Colombia, cuando se aspire a realizarlos con recursos estatales. Se requerirá también solicitud expresa del Comité Olímpico Colombiano o de las federaciones deportivas nacionales. Para efectos del financiamiento, se dará preferencia a las peticiones que se refieran a ciudades dotadas de la suficiente infraestructura para llevarlos a cabo y del apoyo financiero de las autoridades locales".
Article 4
º El Artículo 12 Del Decreto 0515 De 1986, Quedará Así: "el Instituto Colombiano De La Juventud Y El Deporte - Coldeportes - Previo Concepto Del Ministerio De Relaciones Exteriores Sobre La Correspondiente Viabilidad Diplomática, Concederá Autorización Para Organizar Competiciones O Eventos Deportivos Internacionales Con Sede En Colombia, Cuando Se Aspire A Realizarlos Con Recursos Estatales
Decreto 2166 de 1986 · Por el cual se modifica y deroga parcialmente el Decreto 0515 de 1986
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