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Article 71

Decreto 1644 de 1991 · por el cual se establece la estructura y se determinan las funciones de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

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01

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ARTICULO 71 . Son funciones de la División de Infracciones

a)

Estudiar y proyectar los actos relacionados con la definición de la situación jurídica de las mercancías aprehendidas o susceptibles de ser declaradas en abandono, y la aplicación de las sanciones correspondientes a actividades de contrabando y otras violaciones relacionadas con el tráfico y disposición irregular de mercancías;

b)

Estudiar y proyectar para la Jefatura Regional de Aduana, las decisiones e informes sobre las actuaciones administrativas a que se refiere el literal anterior, y poner en conocimiento de las autoridades judiciales ordinarias los hechos punibles conexos, e informar al Jefe Regional de Aduana;

c)

Estudiar y proyectar la aplicación de las sanciones por infracción a las normas aduaneras;

d)

Estudiar y proyectar las decisiones que resuelven los recursos interpuestos contra los actos del Jefe Regional de Aduana relativos a las infracciones a las normas aduaneras;

e)

Coordinar con la División Jurídica lo pertinente a la actualización, interpretación y aplicación de normas y procedimientos relativos a las infracciones a las normas aduaneras;

f)

Velar por la debida aplicación de los principios que rigen la actuación administrativa en materia de sanciones por infracciones a las normas aduaneras.

Parágrafo

En las Jefaturas Regionales de Aduana clase C, las disposiciones del presente artículo serán cumplidas por la División Jurídica y de Secretaría.

02

Constitutional history

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