El valor de tres (3) de los quince (15) días de prima de vacaciones a que tienen derecho los Funcionarios y Empleados del Consejo de Estado en virtud de lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto 717 de 1978, será girado a favor de la Cooperativa de Funcionarios y Empleados del Consejo de Estado, para que esta Entidad lo administre, y adelante los proyectos especiales de vacaciones y recreación para dichos Funcionarios y Empleados.
Article 12
El Valor De Tres (3) De Los Quince (15) Días De Prima De Vacaciones A Que Tienen Derecho Los Funcionarios Y Empleados Del Consejo De Estado En Virtud De Lo Dispuesto Por El Artículo 31 Del Decreto 717 De 1978, Será Girado A Favor De La Cooperativa De Funcionarios Y Empleados Del Consejo De Estado, Para Que Esta Entidad Lo Administre, Y Adelante Los Proyectos Especiales De Vacaciones Y Recreación Para Dichos Funcionarios Y Empleados
Decreto 78 de 1990 · Por el cual se fija la escala de remuneración de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público, de las Direcciones de Instrucción Criminal, del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
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