° Créase una Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento del Proceso Electoral a efectuarse el 9 de diciembre de 1990, integrada por el Ministro de Gobierno, quien la presidirá, los Ministros de Justicia y Comunicaciones, el Procurador General de la Nación, el Secretario Jurídico de la Presidencia de la República y el Presidente del Consejo Nacional Electoral o sus delegados. Tendrán acceso a la Comisión los candidatos que figuren como cabeza de lista y los voceros de los partidos o movimientos políticos. Actuará como Secretario de la Comisión el Viceministro de Gobierno.
Article 1
Créase Una Comisión Nacional Para La Coordinación Y Seguimiento Del Proceso Electoral A Efectuarse El 9 De Diciembre De 1990, Integrada Por El Ministro De Gobierno, Quien La Presidirá, Los Ministros De Justicia Y Comunicaciones, El Procurador General De La Nación, El Secretario Jurídico De La Presidencia De La República Y El Presidente Del Consejo Nacional Electoral O Sus Delegados
Decreto 2792 de 1990 · por el cual se crea una Comisión para la Coordinación y Seguimiento del Proceso Electoral del 9 de diciembre de 1990.
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