Modifíquese el artículo 2.6.4.6.1.4 del Decreto número 780 de 2016, el cual quedará así: Artículo 2.6.4.6.1.4 . Recaudo de los recursos administrados . La ADRES recaudará los recursos de que trata el artículo 67 de la Ley 1753 de 2015, de acuerdo con las políticas y criterios que defina la ley y el Ministerio de Salud y Protección Social con base en los procesos y procedimientos que la entidad defina para el efecto, utilizando mecanismos electrónicos para el giro por parte de las entidades territoriales o de las entidades financieras autorizadas.
Decreto 1355 de 2018 →In force
Article 12
Modifíquese El Artículo 2
Decreto 1355 de 2018 · por el cual se modifica el Decreto número 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, en relación con el manejo de los recursos de propiedad de las entidades territoriales destinados al aseguramiento de la población afiliada al Régimen Subsidiado.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.