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Article 197

De Las Comisiones Para Instruir Procesos

Decreto 1601 de 1984 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V y VII de la Ley 09 de 1979, en cuanto a Sanidad Portuaria y Vigilancia Epidemiológica en naves y vehículos terrestres

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Text of the article

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De las comisiones para instruir procesos. Cuando sea del caso iniciar o adelantar un procedimiento sancionatorio, o una investigación para la cual sea competente el Ministerio de Salud, éste podrá comisionar a los Servicios Seccionales de Salud para que adelanten la investigación o el procedimiento, pero la sanción o exoneración será decidida por el Ministerio de Salud. Igualmente cuando se deban practicar pruebas fuera de la jurisdicción de un Servicio de Salud, el Jefe del mismo deberá solicitar al Ministerio de Salud la comisión para el Servicio que deba practicarlo, caso en el cual el Ministerio señalará los términos apropiados.

02

Constitutional history

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