JurídicoESEN

Article 46

Retiro Del Curso, Obligaciones Y Caución

Decreto 1300 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 612 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Retiro del curso, obligaciones y caución. A los suboficiales alumnos de las Escuelas de Formación de oficiales se les terminará la comisión del servicio, a solicitud de la Dirección de la respectiva Escuela, cuando incurran en cualquiera de las causales contempladas para ello en la reglamentación interna del Instituto. Cuando el retiro se produzca pro mala conducta o pérdida del curso, el suboficial pagará al respectivo Instituto una suma equivalente al cincuenta por ciento (50%) de los sueldos básicos recibidos durante su permanencia como alumno del mismo, suma que será descontada de su sueldo de actividad o de las prestaciones sociales que le correspondan. Los Comandos de Fuerza establecerán la caución necesaria para garantizar el cumplimiento de esta obligación, la cual debe ser aceptada y firmada por el suboficial antes de iniciar el desempeño de la comisión del servicio.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1300 de 1978