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Article 6

Autorizase Al Banco De La República, Al Fondo De Estabilización, A Los Bancos Comerciales Y A Las Compañías De Seguros, Para Tomar Las Cédulas Hipotecarias Del 4% De Interés Anual Que Emita El Banco Central Hipotecario Para Financiar Los Créditos Que Conceda En Virtud De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, Sin Que Esta Compra Afecte Los Cupos Fijados Para La Inversión En Tales Valores

Decreto 1932 de 1957 · Por el cual se dictan disposiciones en favor de los damnificados de Cali

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01

Text of the article

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° Autorizase al Banco de la República, al Fondo de Estabilización, a los bancos comerciales y a las compañías de seguros, para tomar las cédulas hipotecarias del 4% de interés anual que emita el Banco Central Hipotecario para financiar los créditos que conceda en virtud de lo dispuesto en el artículo anterior, sin que esta compra afecte los cupos fijados para la inversión en tales valores.

02

Constitutional history

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