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Article 11

Conformación Del Comité De Evaluación De Nivel De Riesgo, Cenir

Decreto 1740 de 2010 · por el cual se reglamenta el artículo 81 de la Ley 418 de 1997, modificada y prorrogada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006 y se dictan otras disposiciones.

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01

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Conformación del Comité de Evaluación de Nivel de Riesgo, CENIR. La Policía Nacional, a través de la Dirección de Protección y Servicios Especiales y los comandos de metropolitanas y departamentos de Policía, organizarán el Comité de Evaluación de Nivel de Riesgo - CENIR, integrado de la siguiente manera

1.

En la Dirección de Protección y Servicios Especiales

a)

El Subdirector de Protección, quien lo preside;

b)

El Jefe del Área de Protección a personas e instalaciones de la Dirección de Protección y Servicios Especiales y los jefes de los grupos a su cargo;

c)

El Jefe del Área Administrativa de la Dirección de Protección y Servicios Especiales;

d)

El Jefe del Grupo de Estudios de Seguridad de la Dirección de Protección y Servicios Especiales;

e)

El Jefe de Talento Humano de la Dirección de Protección y Servicios Especiales quien actuará como Secretario;

f)

El funcionario que realizó el Estudio de Nivel de Riesgo;

g)

Las Personas invitadas que el Comité considere convenientes con voz pero sin voto;

h)

En los casos en que se traten temas de derechos humanos, se deberá invitar al Coordinador del Grupo de Derechos Humanos de la Policía Nacional o su delegado.

2.

En las metropolitanas y comandos de Departamento de Policía

a)

El Subcomandante, quien lo preside;

b)

El Comandante Operativo de Seguridad Ciudadana;

c)

El Jefe Administrativo;

d)

El Jefe de la Seccional de Inteligencia;

e)

El Jefe de la Seccional de Investigación Criminal;

f)

El Jefe de la Seccional de Protección y Servicios Especiales;

g)

El Jefe de Talento Humano quien actuará como secretario;

h)

El Jefe del Grupo de Protección;

i)

El Funcionario que realizó el Estudio de Nivel de Riesgo;

j)

Las Personas que el Comité considere convenientes con voz pero sin voto;

k)

En los casos en que se traten temas de derechos humanos, se deberá invitar al Coordinador de Derechos Humanos de la Unidad.

02

Constitutional history

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