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Article 5

Ley 67 de 1986 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración de los 250 años de Cereté, en el Departamento de Córdoba y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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Con el fin de coordinar la celebración de los 250 años de Cereté, créase una Junta Central, la cual se encargará de todos los actos pertinentes, promover, vigilar y agilizar el cumplimiento de esta ley.

Parágrafo

La Junta Central estará integrada así:

El Gobernador del Departamento de Córdoba, quien la presidirá o un delegado de éste.

El Alcalde del Municipio de Cereté.

El Presidente del Concejo Municipal.

El Gerente Regional de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero.

El Director de la Oficina de Turismo Departamental.

El Gerente de la Beneficencia de Córdoba.

El Secretario de Obras Públicas y Desarrollo del Departamento.

-El señor Cura Párroco, un representante de los comerciantes, de los agricultores, de los transportadores y de los profesionales de Cereté, cada uno de los cuales tendrá su respectivo suplente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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