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Article 65

F

Decreto 730 de 2012 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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F. Mercancías y Materiales Fungibles. Un importador puede solicitar que una mercancía o material fungible sea originario, cuando el importador, exportador o productor ha: a) segregado físicamente cada mercancía o material fungible; o b) usado cualquier método de manejo de inventarios, tales como el de promedios, últimas entradas - primeras salidas (UEPS) o primeras entradas - primeras salidas (PEPS), u otro método reconocido en las normas contables aplicables en el territorio de Colombia, si la producción se realizó en Colombia, o en las normas contables aplicables en el territorio de los Estados Unidos de América, si la producción se realiza en los Estados Unidos de América. El método de manejo de inventarios seleccionado de conformidad con el inciso anterior para una mercancía o material fungible en particular, deberá continuar siendo utilizado para aquella mercancía o material a través del año fiscal de la persona que seleccionó el método de manejo de inventarios.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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