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Article 6

Secretaría Técnica

Decreto 555 de 2009 · por el cual se reorganiza el Consejo Filatélico creado por el Decreto 1130 de 1999.

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01

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°. Secretaría Técnica . El Consejo Filatélico contará con una Secretaría Técnica que estará a cargo del Ministerio de Comunicaciones. La Secretaría Técnica prestará el soporte técnico y el apoyo administrativo necesarios para el desarrollo de las actividades del Consejo. Tendrá a su cargo, en especial, las siguientes funciones

1.

Preparar y presentar a la consideración del Consejo el proyecto anual de emisiones postales, con indicación de los fundamentos legales, técnicos, operativos, comerciales, históricos, científicos, artísticos, culturales y filatélicos de cada proyecto de emisión.

2.

Recibir, evaluar y conceptuar sobre las solicitudes y propuestas de emisiones que se formulen al Consejo y dar a conocer a los interesados directos y al público en general las decisiones adoptadas.

3.

Realizar el seguimiento sobre los niveles de cumplimiento de las políticas y los criterios establecidos, en la producción y circulación de las emisiones postales que establezca el Ministerio de Comunicaciones.

4.

Elaborar y someter a la consideración del Consejo, los informes, estudios y documentos técnicos que permitan la revisión, armonización, integración y actualización de las políticas, criterios y estrategias establecidas para la producción, comercialización y uso de las estampillas que se emitan para la operación postal, el fomento de una cultura filatélica y postal, y su adecuación con las orientaciones y recomendaciones de los organismos postales internacionales.

5.

Registrar y conservar las actas y documentos que se reciban o produzcan por el Consejo Filatélico y preparar la agenda a estudiar en cada sesión del mismo.

6.

Acopiar, procesar y entregar a las unidades de documentación del Ministerio de Comunicaciones todos los elementos gráficos, textuales, pruebas e impresiones que configuren el proceso de producción de una emisión, como instrumento de conservación de la memoria visual de las emisiones y para garantizar su consulta por parte de los filatelistas y estudiosos de la operación postal.

7.

Coordinar y hacer seguimiento a los flujos de los envíos de las estampillas al Museo Postal, a la Unión Postal Universal -UPU-, la Unión Postal de las Américas, España y Portugal, UPAEP, y los que se destinen a los programas de promoción social y estudiantil que se establezcan para el fomento de la cultura filatélica y postal.

02

Constitutional history

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