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Article 1

Modificar Parcialmente El Artículo 1º Del Decreto 1331 De Julio 11 De 2000 Que Redistribuyó Las Circunscripciones De Los Consulados De Colombia En La República Bolivariana De Venezuela, Así: Consulado De Colombia En Barinas , Con Circunscripción En Los Estados Barinas Y Portuguesa

Decreto 3045 de 2002 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1331 de julio 11 de 2000, que redistribuyó las circunscripciones de los Consulados de Colombia en la República Bolivariana de Venezuela.

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º. Modificar parcialmente el artículo 1º del Decreto 1331 de julio 11 de 2000 que redistribuyó las circunscripciones de los Consulados de Colombia en la República Bolivariana de Venezuela, así: Consulado de Colombia en Barinas , con circunscripción en los Estados Barinas y Portuguesa. Consulado de Colombia en Caracas, con circunscripción en el Distrito Capital y los Estados Miranda, Guarico y Vargas, y los Municipios San Caimiro, Camatagua y Urdaneta del Estado Aragua. Igualmente, el Consulado de Colombia en Caracas tendrá circunscripción en los siguientes Países: Guyana, Trinidad y Tobago, Barbados, Grenada, San Vicente y Granadinas, Santa Lucía, Dominica, Antigua y Barbuda y San Kitts & Nevis. Consulado de Colombia en Mérida , con circunscripción en los Estados Mérida y Trujillo. Consulado de Colombia en Puerto Ayacucho , con circunscripción en el Estado Amazonas con excepción del Municipio Atabapo; Municipio Cedeño del Estado Bolívar, y Municipios Pedro Camejo y San Fernando del Estado Apure. Consulado de Colombia en San Fernando de Atabapo , con circunscripción en el municipio de Atabapo del Estado Amazonas. Consulado de Colombia en San Carlos del Zulia , con circunscripción en los Municipios Catatumbo, Colón, Sucre, Francisco Javier Pulgar y José María Semprun del Estado Zulia. Consulado de Colombia en Valencia , con circunscripción en los Estados Carabobo, Cojedes, Lara, Taracuy, Aragua excepto los municipios San Casimiro, Camatagua y Urdaneta. Estado Falcón, excepto toda la parte occidental que va de la línea vertical de norte a sur desde la población de Coro hasta la población el Paujil.

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Constitutional history

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