º. Los derechos constituidos a favor de terceros en virtud de sentencia definitiva anterior al 22 de diciembre de 1969 siguen teniendo los mismos alcances y efectos en ella se determinan. Si en el fallo se declara el derecho particular al subsuelo sin especificar los minerales que se hallen en el respectivo globo de terreno o si se declara el mismo derecho sobre todos los minerales de la correspondiente zona, la situación jurídica reconocida continuará en vigencia, a menos que se extingan por motivos legales. Si la sentencia se limita a declarar el derecho particular sobre algunos depósitos o sobre ciertos minerales específicos o genéricamente determinados, los otros depósitos y los otros minerales que se encuentren en el área respectiva quedan sometidos a la regla general desarrollada en los artículos 1º de la Ley 20 de 1969 y 4º del presente estatuto y en consecuencia continuarán perteneciendo a la Nación.
Decreto 2477 de 1986 →In force
Article 7
Los Derechos Constituidos A Favor De Terceros En Virtud De Sentencia Definitiva Anterior Al 22 De Diciembre De 1969 Siguen Teniendo Los Mismos Alcances Y Efectos En Ella Se Determinan
Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.