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Article 23

Decreto 209 de 1888 · en ejecución de la ley 7ª de 1888 "sobre elecciones populares".

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Art. 23. Es deber de los Gobernadores de los Departamentos, de los Prefectos de Provincia y de los Alcaldes, obrando cada uno dentro de los límites de su jurisdicción y con sujeción á las órdenes de sus respectivos superiores, tomar cuantas medidas estimen convenientes para regularizar el cumplimiento de los deberes y el ejercicio de los derechos eleccionarios ; á fin de conseguir que el resultado de las votaciones represente la opinión genuina y efectiva del pais y que no encuentre trabas de ninguna especie en su libre manifestación. Cada superior, en su órbita, exigirá severamente la responsabilidad al inferior que omita el cumplimiento de este deber.

02

Constitutional history

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