° De acuerdo con el artículo 81 de la Ley 130 de 1923, el término para ocurrir ante el Tribunal supremo de lo contencioso Administrativo, caso de que los contribuyentes o fideicomisarios quieran hacer valer el recurso que concede el artículo 9° de la Ley 64 de 1927, es de noventa días, contados desde el siguiente al de la publicación que debe hacerse en el Diario Oficial.
Article 2
De Acuerdo Con El Artículo 81 De La Ley 130 De 1923, El Término Para Ocurrir Ante El Tribunal Supremo De Lo Contencioso Administrativo, Caso De Que Los Contribuyentes O Fideicomisarios Quieran Hacer Valer El Recurso Que Concede El Artículo 9° De La Ley 64 De 1927, Es De Noventa Días, Contados Desde El Siguiente Al De La Publicación Que Debe Hacerse En El Diario Oficial
Decreto 843 de 1930 · Por el cual se dictan algunas disposiciones adicionales al Decreto número 1923 de 1927, reglamentario del impuesto sobre la renta
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.