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Article 14

Con El Objeto De Facilitar La Aplicación De Las Disposiciones De Esta Resolución, Los Patronos Están Obligados: "1º A Dar A Conocer, Por Medio De Carteles Fijados En Sitios Visibles De Los Establecimientos, Las Horas De Principio Y Fin De La Jornada Normal, Y, Cuando El Trabajo Se Realice Por Turnos O Equipos, Las De Principio Y Fin De Cada Uno De Ellos

Decreto 895 de 1934 · Por el cual se aprueba una resolución de la oficina general del trabajo

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Text of the article

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"Artículo 14. Con el objeto de facilitar la aplicación de las disposiciones de esta Resolución, los patronos están obligados: "1º A dar a conocer, por medio de carteles fijados en sitios visibles de los establecimientos, las horas de principio y fin de la jornada normal, y, cuando el trabajo se realice por turnos o equipos, las de principio y fin de cada uno de ellos. "2º A dar a conocer en la misma forma los descansos concedidos durante la jornada y que se consideren no comprendidos dentro de las horas de trabajo. "3º A dar a conocer en la misma forma las horas complementarias de trabajo autorizadas de acuerdo con esta Resolución.

02

Constitutional history

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