º. Los docentes y directivos docentes que presten sus servicios en los establecimientos estatales de educación preescolar, básica o media, ubicados en zonas de difícil acceso o que se encuentren en situación crítica de inseguridad o en territorios de explotación minera, gozarán de una disminución en el tiempo requerido para el ascenso dentro del Escalafón Nacional Docente y de una bonificación remunerativa especial, mientras se desempeñen de manera permanente en dichas zonas, de acuerdo con lo dispuesto en el presente reglamento.
Article 1
Los Docentes Y Directivos Docentes Que Presten Sus Servicios En Los Establecimientos Estatales De Educación Preescolar, Básica O Media, Ubicados En Zonas De Difícil Acceso O Que Se Encuentren En Situación Crítica De Inseguridad O En Territorios De Explotación Minera, Gozarán De Una Disminución En El Tiempo Requerido Para El Ascenso Dentro Del Escalafón Nacional Docente Y De Una Bonificación Remunerativa Especial, Mientras Se Desempeñen De Manera Permanente En Dichas Zonas, De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Presente Reglamento
Decreto 707 de 1996 · por el cual se reglamenta el otorgamiento de estímulos para los docentes que presten su servicio en zonas de difícil acceso o en situación crítica de inseguridad o mineras y se dictan otras disposiciones.
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