JurídicoESEN

Article 2.4.1.1.8.23

Derogado

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.4.1.1.8.23. Requisitos Licencia de Patrón de Nave de Pesca Artesanal. Para obtener licencia de Patrón de nave de pesca artesanal, los interesados deberán acreditar ante la Autoridad Marítima:

1.

Tener más de 18 años.

2.

Presentar certificado médico de aptitud física para el ejercicio de la actividad.

3.

Haber estado dedicado a la pesca artesanal por más de tres (3) años.

4.

Haber efectuado los cursillos de capacitación, reconocidos por la Autoridad Marítima: o

5.

Demostrar que tiene nociones adecuadas sobre:

Reglas de camino.

Meteorología

Marinería

La embarcación y sus partes. Nociones elementales de estabilidad.

Disposiciones portuarias que afecten la navegación enaguas abrigadas o interiores de seguridad para la navegación.

Procedimientos fundamentales para la prevención y combate de incendios.

Atribuciones, deberes y obligaciones del Patrón de la embarcación.

Precauciones de seguridad para la navegación.

(Decreto 1597 de 1988 artículo 119)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1070 de 2015