JurídicoESEN

Article 2.2.4.2.2

Afiliados Obligatorios Del Pilar Contributivo

Decreto 514 de 2025 · por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Afiliados obligatorios del pilar contributivo . Serán afiliados obligatorios al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común en el Pilar Contributivo, las siguientes personas

a)

Trabajadores dependientes e independientes.

b)

Servidores públicos.

c)

Personas con capacidad de pago para efectuar cotizaciones.

Parágrafo

No se aplicará el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común en el Pilar Contributivo a los afiliados a los regímenes pensionales especiales y exceptuados vigentes a la expedición de la Ley 2381 de 2024, como tampoco a las personas que ya se encuentren pensionadas por vejez o invalidez, o hayan recibido la devolución de saldos o la indemnización sustitutiva en el Sistema General de Pensiones de la Ley 100 de 1993 y las normas que la modifiquen, deroguen o sustituyan. CAPÍTULO 3 Selección de Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 514 de 2025