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Article 14

Decreto 2337 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 21 de 1982

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01

Text of the article

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Según lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 21 de 1982, las Cajas de Compensación tienen obligación de aceptar a todo empleador que solicite afiliación, si cumple con las normas sobre salarios mínimos, debe pagar el subsidio familiar a través de una Caja y se aviene al cumplimiento de sus respectivos estatutos. Las Cajas de Compensación Familiar deben comunicar por escrito al empleador interesado todo rechazo o aprobación de su solicitud de afiliación, dentro de un término no superior a treinta (30) días, contados a partir de la fecha de presentación de la respectiva solicitud. En caso de rechazo, expresará los motivos de su determinación. Una copia de la decisión adoptada por la Caja de Compensación será enviada, dentro del mismo término, a la Superintendencia del Subsidio Familiar la cual podrá improbarla y ordenar a la Caja la afiliación del empleador, en protección de los derechos de los trabajadores beneficiarios.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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