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Article 62

Para Seleccionar El Ingreso De Alumnos Con Destino Al Curso De Estado Mayor, La Escuela Superior De Guerra Propondrá Los Candidatos Dentro De Cada Fuerza, Que Hubieren Aprobado Los Exámenes De Ingreso, De Acuerdo Con Las Siguientes Normas: A) Serán Escogidos Los Tres (3) Aspirantes De Cada Fuerza Que Hubieren Obtenido Dentro De Su Fuerza, Las Más Altas Calificaciones En Los Exámenes De Ingreso, Sin Tener En Cuenta La Antigüedad; B) Después De Haber Escogido Los Tres (3) Mejores Aspirantes De Cada Fuerza, Se Seleccionará Entre Todos Los Aspirantes Que Hubieren Aprobado Los Exámenes De Ingreso, A Los Más Antiguos En Orden Jerárquico De Acuerdo Con El Cupo De La Escuela Superior De Guerra; C) Los Oficiales Que Aprobaren Los Exámenes De Ingreso Para El Curso De Estado Mayor, Y Que No Pudieren Entrar Por Falta De Cupo, Quedarán Con El Requisito De Ingreso Cumplido, Y Serán Llamados Al Curso Siguiente

Decreto 570 de 1960 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Título 1 de la Ley 126 de 1959.

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01

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Para seleccionar el ingreso de alumnos con destino al Curso de Estado Mayor, la Escuela Superior de Guerra propondrá los candidatos dentro de cada Fuerza, que hubieren aprobado los exámenes de ingreso, de acuerdo con las siguientes normas

a)

Serán escogidos los tres (3) aspirantes de cada Fuerza que hubieren obtenido dentro de su Fuerza, las más altas calificaciones en los exámenes de ingreso, sin tener en cuenta la antigüedad;

b)

Después de haber escogido los tres (3) mejores aspirantes de cada Fuerza, se seleccionará entre todos los aspirantes que hubieren aprobado los exámenes de ingreso, a los más antiguos en orden jerárquico de acuerdo con el cupo de la Escuela Superior de Guerra;

c)

Los Oficiales que aprobaren los exámenes de ingreso para el Curso de Estado Mayor, y que no pudieren entrar por falta de cupo, quedarán con el requisito de ingreso cumplido, y serán llamados al Curso siguiente.

02

Constitutional history

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