°. Presidencia . La Presidencia de la Comisión Asesora del Ministerio de Educación Nacional para la enseñanza de la historia de Colombia será ejercida por uno de los miembros de la Comisión establecidos en el artículo 2° del presente decreto, quien será escogido por voto mayoritario en la primera sesión de la misma. En caso de no lograrse el voto mayoritario por uno de los candidatos, la presidencia será escogida por el Ministerio de Educación Nacional. El periodo de ejercicio de las funciones de la presidencia será determinado por la Comisión Asesora en la primera sesión y quedará establecido en el reglamento interno. En ningún caso el periodo de ejercicio de las mencionadas funciones podrá ser superior al institucional de dos (2) años.
Decreto 1660 de 2019 →In force
Article 5
Presidencia
Decreto 1660 de 2019 · por el cual se reglamenta la composición y funcionamiento de la Comisión Asesora del Ministerio de Educación Nacional para la enseñanza de la Historia de Colombia, y se adiciona un artículo al Título 3, Parte 1, Libro 1 del Decreto número 1075 de 2015.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.