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Article 6

Las Actividades De La Comisión Nacional De Educación Física Estarán Dirigidas Por El Comité Ejecutivo Compuesto Del Presidente, Vicepresidente Y Secretario, Quienes Constituirán Quórum Para Las Reuniones

Decreto 1734 de 1933 · Por el cual se reglamenta la Ley 80 de 1925

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° Las actividades de la Comisión Nacional de Educación Física estarán dirigidas por el Comité Ejecutivo compuesto del Presidente, Vicepresidente y Secretario, quienes constituirán quórum para las reuniones. Los cargos de Presidente y de Vicepresidente corresponderán de hecho al Ministro de Educación Nacional o su representante, y al señor Director Nacional de Higiene; los otros miembros serán nombrados por el Poder Ejecutivo, y el nombramiento de Secretario recaerá en uno de los tres miembros que el mismo Poder Ejecutivo debe designar de acuerdo con el artículo 1° de la Ley 80 de 1925. Además, serán miembros del Comité Ejecutivo, un delegado por cada comisión de deportes y un cuerpo de inspectores de educación física, cuyo número determinará la Comisión Nacional de Educación Física, quienes tendrán voz en todas las reuniones de las Comisiones y Comités. En este Comité habrá además un representante por cada una de las asociaciones afiliadas, Todos los miembros del Comité expresados desempeñarán sus funciones ad honórem.

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Constitutional history

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