º . Término para efectuar la devolución o compensación . El término para efectuar la devolución o compensación de que trata el presente decreto, será el consagrado en los artículos 855 y 860 del Estatuto Tributario, contado a partir del día siguiente a la presentación oportuna y en debida forma de la solicitud ante la Administración competente. Para los solicitantes de la devolución o compensación, que no cumplan debidamente con los requisitos establecidos para su contabilidad en el artículo 3º del presente decreto, se aplicará lo previsto en el artículo 857-1 del Estatuto Tributario, respecto de todas las solicitudes de devolución o compensación que presenten, relacionadas con vivienda de interés social.
Decreto 1243 de 2001 →In force
Article 8
Decreto 1243 de 2001 · por el cual se reglamenta el procedimiento de devoluciones y compensaciones del impuesto sobre las ventas en materiales de construcción utilizados en vivienda de interés social.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.